Comienza a funcionar el registro de seguros
19 de Junio, 2007
Hoy día comienza a funcionar el registro de seguros de vida. Se trata de una iniciativa del gobierno que pretende evitar que cualquier póliza de seguro de vida quede sin ser cobrada por parte de los beneficiarios por desconocimiento de la existencia de dicha póliza. Se establece la obligación por parte de las compañías de seguros de informar al registro de todas las pólizas vigentes, con relación de los beneficiarios de dichas pólizas en caso de fallecimiento del asegurado.
A partir de este momento, cualquier persona que considere que puede ser beneficiario de un seguro de vida podrá acudir a comprobarlo al registro transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento, para lo que tendrá que adjuntar el certificado de defunción del titular, rellenar la correspondiente solicitud y pagar una tasa de 3,33 euros en cualquier entidad bancaria.
Los interesados obtendrán respuesta en un plazo máximo de siete días si solicitan la información por correo.
El impreso correspondiente se puede encontrar en la oficina del registro, en cualquiera de las 22 gerencias territoriales del Ministerio de Justicia, en los 432 registros civiles que existen en España, en el registro general del Ministerio y a través de Internet, en la web www-mjusticia.es.
Una vez obtenido el certificado donde constarán, en su caso, las aseguradoras con las que el titular tenía contratados los seguros, el interesado podrá acudir a estas compañías para conocer si es beneficiario del seguro o no.
